En el día de ayer mencionamos las características del dominio publico y durante estos días las definiremos individualmente para beneficio de todos.
Dominio Publico Inalienable:
https://www.acaderc.org.ar/wp-content/blogs.dir/55/files/sites/55/2020/12/artinalienabilidad.pdf
Los bienes de dominio público no pueden ser objeto de enajenación por ningún tipo de negocio jurídico, ya sea acto o contrato. Esta afirmación supone que cualquier venta de estos bienes será nula de pleno derecho sin que pueda ser subsanada o convalidada.
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